La Secretaría de Economía publicó en el DOF el:
- “Acuerdo por el que se da a conocer la Tasa Aplicable del Impuesto General de Importación para las mercancías originarias de la República de Chile”
De las mercancías correspondientes a nuestro sector únicamente se encuentran los Artículos de Prendería, clasificados en la fracción arancelaria 6309.00.01 con una tasa del 20%; sobre el cual se establece en el Artículo 3 del Acuerdo que se mantendrá sin preferencia arancelaria.