El SAT publica la SEGUNDA Resolución de modificaciones a las RGCE, destacando las siguientes adecuaciones:
- Empresas de mensajería:
- Las empresas de mensajería deberán contar con registro ante el SAT para realizar el trámite de importación.
- Se obliga a las empresas importadoras a asentar su RFC o número de registro de identificación fiscal en los pedimentos, o en su caso, de mensajería y paquetería.
- Se elimina el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) genérico.
No se permitirán descripciones genéricas a nivel pedimento como “artículos diversos”, “artículos varios”, “regalo”, “obsequio” “cortesía”. - Las importaciones solamente podrán utilizar el procedimiento simplificado en operaciones aéreas o terrestres.
- IMMEX:
- Las empresas que cuenten con Programa IMMEX, en cualquiera de sus modalidades, están obligadas a retornar al menos el 80% del valor total de las importaciones temporales dentro del plazo de 12 meses. No se podrán utilizar exportaciones virtuales.
- Para la modalidad OEA, el programa IMMEX y la certificación IVA-IEPS, no deberán encontrarse en un procedimiento de suspensión o cancelación.
- Los OEA rubro textil, además de contar con la certificación IVA- IEPS, deberán contar ahora con Programa IMMEX para obtener su registro.
La presente resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.