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RESOLUCIÓN Preliminar del procedimiento administrativo de investigación antidumping de oficio sobre las importaciones de calzado originarias de la República Popular China, independientemente del país de procedencia.

La Secretaría de Economía publicó la resolución preliminar de investigación antidumping sobre las importaciones de calzado.

Se impusieron cuotas compensatorias provisionales a las mercancías que ingresan con las fracciones arancelarias 6402.91.06, 6402.99.19, 6402.99.20, 6404.11.17, 6404.19.02, 6404.19.08 y 6404.19.99 de la TIGIE o por cualquier otra:

  • 17.99% para las importaciones provenientes de la empresa Apache Footwear;
  • 17.59% para las importaciones provenientes de la empresa Bidibi Shoes;
  • 12.13% para las importaciones provenientes de la empresa Xinlong Footwear;
  • 13.79% para las importaciones provenientes de las demás empresas productoras exportadoras que comparecieron y no fueron seleccionadas, y
  • 17.99% para las importaciones de la empresa Yaxin Shoes Factory y las demás empresas exportadoras.

Las cuotas compensatorias provisionales establecidas en el punto anterior, tendrán una vigencia de cuatro meses contados a partir del día que entre en vigor la presente Resolución.

La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

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