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PRIMERA Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2020.

Diario Oficial de la Federación, Secretaría de Hacienda y Crédito Público, Secretaría de Gobernación.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- HACIENDA.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Servicio de Administración Tributaria.
PRIMERA RESOLUCIÓN DE MODIFICACIONES A LA RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL PARA 2020
Y SUS ANEXOS 1-A, 5, 6, 7, 9, 14 Y 23
Con fundamento en los artículos 16 y 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 33, fracción I, inciso g) del Código Fiscal de la Federación; 14, fracción III de la Ley del Servicio de Administración Tributaria, y 8 del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria se resuelve:
PRIMERO. Se reforman las reglas 2.2.1.; 2.2.7.; 2.2.15.; 2.4.6., primero y sexto párrafos; 2.8.3.1., segundo párrafo; 3.10.11.; 3.16.11. y 3.17.4., así como la denominación del Capítulo 12.3. del Título 12, y; se adicionan las reglas 2.1.13., fracción XI, tercer párrafo; 11.1.12.; 11.1.13.; 12.1.8.; 12.1.9.; 12.2.6.; 12.2.7.; 12.2.8.; 12.2.9.; 12.2.10.; 12.2.11.; 12.3.11.; 12.3.12.; 12.3.13.; 12.3.14.; 12.3.15.; 12.3.16.; 12.3.17. y el Título 13. Disposiciones de Vigencia Temporal, que comprende las reglas 13.1., 13.2. y 13.3., de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2020, para quedar como sigue:

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