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Necesario realizar desvares en los predios algodoneros: Sagarpa

MEXICALI.- La delegación Estatal de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA) informa a los productores de algodón del Valle de Mexicali que es necesario que realicen antes del 31 de enero del 2017, las labores de desvares y barbechos en los predios donde se estableció algodón el ciclo agrícola pasado, a fin de controlar  plagas y eliminar focos de infestación.

Guillermo Aldrete Haas, delegado de la SAGARPA en Baja California, señaló que es importante que los agricultores de la fibra cumplan con las disposiciones contenidas en la NOM-026-SAG/FITO-2014 que se establece el control de plagas del algodonero y la NOM-081-FITO-2001 que indica el procedimiento para el manejo y eliminación de focos de infestación de plagas; para continuar preservando la sanidad del cultivo.

En este sentido, aclaró que la fecha límite para la obtención de la constancia de desvares y barbechos será el 31 de enero 2017, por lo que invita a los productores a realizar los pagos por concepto de sanidad, ya sea, mediante la entrega de cheque a nombre del Comité Estatal de Sanidad Vegetal de Baja California (CESV) o a través de depósitos bancarios (Banco BBVA número de cuenta 0199161171).

Explicó que para el ciclo agrícola Primavera-Verano 2017, que iniciará en el mes de febrero, la Delegación a través del Comité Estatal de Sanidad Vegetal de Baja California, será la responsable de otorgar los permisos de siembra del algodonero (PSA).

Por tal motivo, dijo, los productores interesados deberán acudir a las oficinas de este Organismo auxiliar de la SAGARPA, ubicadas en Km 1.5 carretera a San Felipe S/N Col. Xochimilco, para solicitar su permiso de siembra.

Al solicitar el permiso, es obligatorio que los productores presenten la siguiente documentación: Constancia de desvare y barbecho que emite el CESV; Carta de garantía que emite la empresa habilitadora de algodón o el mismo CESV, según sea el caso; Pago por concepto de sanidad; En caso de ser transferencia presentar documento respectivo; y Copia de contrato de arrendamiento según sea el caso.

Por otra parte, precisó que es obligación del Módulo de Riego, al momento de otorgar su permiso único de siembra (PUS) al productor, amparar su autorización con el permiso de siembra de algodonero (PSA) que otorga el Comité Estatal de Sanidad Vegetal, y la carta de garantía que expide la empresa habilitadora de algodón, por lo que en ningún momento el Módulo de Riego deberá otorgar la dotación de agua sin esta documentación.

Finalmente, el delegado de la SAGARPA, reitera el llamado a los agricultores para que cumplan con estas disposiciones emitidas por el Gobierno de la República, que encabeza el presidente, Enrique Peña Nieto y el titular de la SAGARPA, José Calzada Rovirosa y que están encaminadas a preservar la sanidad del cultivo algodonero que se desarrolla en la entidad.

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