La Secretaría de Economía publica la incorporación de filamentos de poliéster de las fracciones arancelaria 5402.33.01 y 5402.46.91 al artículo 4 del PROSEC.
En este sentido, las personas morales que fabriquen los filamentos señalados en el artículo 4 del Decreto PROSEC podrán importar con el arancel ad-valorem preferencial los insumos especificados en el artículo 5 del mencionado Decreto.
Adicionalmente, se suprime la fracción arancelaria 3907.61.01 del artículo 5, fracción XII (De la Industria de Manufacturas del Caucho y Plástico).
El presente decreto entra en vigor el 23 de mayo de 2024.