La Secretaría de Economía publicó en el Diario Oficial de la Federación el:
“ACUERDO por el que se da a conocer la Tasa del Impuesto General de Importación para las mercancías originarias del Estado de Israel.”
Aspectos relevantes:
- Se actualiza la versión del 26 de diciembre de este Acuerdo, en virtud de la publicación de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y Exportación (Séptima Enmienda) del 07 de junio de 2022.
- El punto Octavo del Acuerdo, establece que estarán exentas de arancel las mercancías no originarias comprendidas en los capítulos 50 al 63 de la LIGIE, que cumplan con las disposiciones del Anexo 2-03.8 “Cuotas de preferencia arancelaria” y el Anexo 3-03(3) “ Reglas de Origen” del Tratado, siempre que se presente como anexo al pedimento un certificado de elegibilidad expedido por la Secretaría de Economía.
- El acuerdo entrará en vigor el mismo día que la Ley de los Impuestos Generales de Importación y Exportación, publicada en el DOF el 07 de junio de 2022 , y
- Se abrogará el Acuerdo por el que se dan a conocer las preferencias arancelarias del Acuerdo por el que se da a conocer la Tasa del Impuesto General de Importación para las mercancías originarias del Estado de Israel, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de diciembre de 2020.