La SHCP da a conocer la entrada en vigor del importador como certificador de origen en el TIPAT.
Cuando el importador certifique el origen de una mercancía, la certificación deberá ser llenada sobre la base de que el importador tiene:
I. La información que acredite que la mercancía es originaria, o
II. La confianza razonable en la documentación de sustento proporcionada por el exportador o productor de que la mercancía es originaria.
La presente Resolución entrará en vigor el 29 de diciembre de 2023.