Se declara concluido el procedimiento administrativo de examen de vigencia de la cuota compensatoria impuesta a las importaciones de poliéster fibra corta originarias de China, independientemente del país de procedencia, que ingresan a través de la fracción arancelaria 5503.20.99 de la TIGIE, o por cualquier otra.
Se prorroga la vigencia de la cuota compensatoria impuesta a las importaciones de poliéster fibra corta originarias de China, de $0.46 dólares por kilogramo a que se refiere el punto 1 de la Resolución, por cinco años más contados a partir del 2 de julio de 2024.
La Resolución entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el DOF.