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En las Zonas Económicas Especiales, no existe IVA ni el ISR

Del 22 de junio -cuando la Comisión Intersecretarial de Zonas Económicas Especiales (ZEE) aprobó la viabilidad del establecimiento y operación de las Zonas Económicas Especiales- al 29 de septiembre, diversas ideas, listas y hasta teorías se dijeron sobre los beneficios de estas áreas ubicadas en Lázaro Cardenas, Coatzacoalcos y Puerto Chiapas. Aquí algunos beneficios.

El primero es un descuento de 100 por ciento en los primeros diez ejercicios fiscales del Impuesto Sobre la Renta (ISR) en los que se establezca una firma dentro de una ZEE. En los siguientes cinco ejercicios fiscales, el descuento será de 50 por ciento. En pocas palabras: las empresas no pagarán ISR durante diez años y solo la mitad en los siguientes cinco.

“Los contribuyentes, personas físicas y morales, residentes en México y los residentes en el extranjero con establecimiento permanente en el país, (…) que perciban ingresos en efectivo, en bienes, en servicios o en crédito, que se generen dentro de la Zona Económica Especial, podrán disminuir el impuesto sobre la renta correspondiente, durante los primeros quince ejercicios”, dice el Diario Oficial de la Federación.

El segundo beneficio es que cuando las empresas de una ZEE compren artículos del resto del territorio nacional les aplicará una tasa de 0 por ciento de Impuesto al Valor Agregado (IVA).

“Las personas físicas y morales residentes en el territorio nacional ubicadas fuera de la Zona Económica Especial aplicarán la tasa del 0 por ciento del impuesto al valor agregado al valor de la enajenación de los bienes cuando sean adquiridos por los Administradores Integrales o Inversionistas ubicados en la Zona Económica Especial, siempre que por dicha enajenación expidan un Comprobante Fiscal Digital por Internet”, dice la publicación.

En este punto existen dos “corolarios”. No hay IVA para los bienes y transacciones que se realicen y disfruten dentro de la misma ZEE, tampoco si se trata de ventas y enajenaciones a otras zonas económicas especiales.

Tercer beneficio. Este es para quien quiera dar capacitación a sus trabajadores dentro de una ZEE, pues podrá aplicar por un estímulo fiscal de 25 por ciento de su gasto en entrenamiento de empleados.

“Los contribuyentes (…) podrán aplicar un estímulo fiscal consistente en una deducción adicional equivalente al 25 por ciento del gasto efectivamente erogado por concepto de capacitación que reciba cada uno de sus trabajadores dentro de la Zona”, indica.

El cuarto beneficio incluye un crédito fiscal de la aportación patronal para quienes ya cuentan con un negocio dentro de la ZEE.

“Los contribuyentes que tengan algún establecimiento, agencia, sucursal o cualquier lugar de negocios en la Zona Económica Especial a que se refiere el presente Decreto, podrán aplicar un crédito fiscal durante los primeros quince ejercicios fiscales en los que realicen actividades dentro de la citada Zona”, establece el nuevo decreto.

Beneficio cinco. Para los que compren un inmueble en una ZEE, se eliminarán el pago de derechos, como el 7.5 por ciento anual del valor del inmueble concesionado o permisionado, incluyendo terreno, áreas de agua ocupadas, obras e instalaciones, y el 2 por ciento anual del valor del inmueble concesionado o permisionado, cuando en el inmueble se realicen actividades agropecuarias establecido en la Ley Federal de Derechos.

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