Se presentan lineamientos que tienen por objeto determinar la forma en que las autoridades aduaneras someterán a consideración del Consejo el otorgamiento, suspensión, cancelación y extinción de la patente de agente aduanal; la inhabilitación de agente aduanal y la autorización, inhabilitación y cancelación de agencia aduanal, y sus prórrogas, así como las demás autorizaciones y concesiones previstas en la Ley, conforme a lo establecido en el artículo 159 bis de la misma.



