La Secretaría de Economía publica Reglas sobre el artículo Artículo 10.12 (Revisión de Resoluciones Definitivas sobre Derechos Antidumping y Compensatorios), ya que el párrafo 14 del T-MEC dispone que las Partes adoptarán o mantendrán reglas de procedimiento para las revisiones de paneles binacionales.
El objetivo de estas Reglas es permitir la aplicación del procedimiento de revisión ante paneles previsto por el Artículo 10.12 del Capítulo 10 (Remedios Comerciales) del Tratado. Las Reglas fueron concebidas para permitir que los paneles rindan una decisión dentro de los 315 días siguientes al inicio del procedimiento. De conformidad con los objetivos y las disposiciones del Artículo mencionado, la finalidad de estas Reglas es asegurar la revisión justa, expedita y económica de resoluciones definitivas. Si surge una pregunta procesal que no está comprendida por estas Reglas el panel, por analogía a éstas o refiriéndose a las que hubiera aplicado el tribunal competente del país importador, podrá aplicar las reglas procesales que estime apropiadas para el caso particular.
El presente Acuerdo entra en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.