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TERCERA Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2023 y anexos 2, 4, 21, 22 y 27.

El SHCP informó, entre otros temas que:
  • Se elimina de la regla 3.3.12 sobre Autorización para la donación de mercancías al Fisco Federal que se encuentren en el extranjero y su importación, a través de Ventanilla Digital (incluye la ropa nueva):
    • La autorización se otorgará en un plazo no mayor a tres meses, contados a partir de la fecha en que se haya presentado la solicitud en la Ventanilla Digital con la documentación correspondiente. Transcurrido dicho plazo sin que se notifique la autorización que corresponda, se entenderá que la resolución es negativa.
    • Los autorizados, podrán dar las mercancías recibidas en donación a un tercero, siempre y cuando se trate de los sujetos a que se refiere el primer párrafo de la regla. Para tal efecto, las personas morales con fines no lucrativos autorizadas para recibir donativos deducibles en los términos de la Ley del ISR, deberán contar con la autorización vigente para aplicar los donativos que reciben el apoyo económico de otras donatarias autorizadas de conformidad con el artículo 82, sexto párrafo de la misma Ley del ISR.
  • Se reforma el Transitorio Primero, fracción II de las RGCE para 2023, publicadas en el DOF el 27 de diciembre de 2022, sobre el complemento Carta Porte, donde ahora será exigible a partir del 01 de enero de 2024.

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