Nuestro objetivo México, nuestra meta el mundo.

No habrá prórroga para la sustitución patronal

Especialistas creen que los plazos son muy cortos; sin embargo, no habrá prórroga para la sustitución patronal.

El viernes 23 de abril se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la reforma a la subcontratación. En el tema de la sustitución patronal, el cambio más importante se da en el artículo séptimo transitorio:

    Para efectos de la Ley del Seguro Social, durante los 90 días naturales siguientes a la entrada en vigor de la presente reforma, se considerará como sustitución patronal la migración de trabajadores de las empresas que operaban bajo el régimen de subcontratación laboral, siempre y cuando la empresa destino de los trabajadores reconozca sus derechos laborales, incluyendo la antigüedad de los mismos y los riesgos de trabajo determinados, ante las instancias legales correspondientes.

De acuerdo con especialistas, hacer la sustitución no implica que se firme un nuevo contrato o se cambien las relaciones laborales, sino que el patrón solamente tendrá que reconocer los derechos adquiridos como la antigüedad. También se establece que el 24 de julio es el último día para hacer la sustitución.
Falta tiempo

Desde que se anunció la reforma, especialistas se han quejado del corto plazo para cumplir con todas las obligaciones. Desde el registro en el REPSE hasta la sustitución patronal, los expertos han pedido prórrogas y aclaraciones por parte de la autoridad.

En el caso de la sustitución, algunos creen que los plazos afectarán las relaciones comerciales de las empresas. En entrevista con Milenio, Karina Robledo, experta fiscal de Santamarina +Steta, explicó que las grandes empresas no tendrán tiempo para resolver problemas como negociaciones, registros y conflictos de inequidad que derivarán de los cambios.

En materia laboral, Robledo dio el ejemplo de una empresa de electrodomésticos que, antes de la reforma, ofrecía servicios de mantenimiento a través de un proveedor. Con la prohibición, la empresa tiene tres opciones: terminar la relación contractual con el proveedor; hacer las reparaciones directamente, o eliminar la actividad de su objeto social.

El problema, de acuerdo con Robledo, es que los cortos plazos y la falta de claridad dificultan los procesos para las empresas.
Sin prórroga

Esta semana, la STPS recordó a los contribuyentes que no habrá prórroga para la sustitución patronal. Alejandro Salafranca Vázquez, titular de la Unidad de Trabajo Digno de la STPS, explicó que hasta el momento un millón de trabajadores han cambiado de nómina.

El funcionario también recordó las sanciones y multas por no cumplir con el plazo. Como explica El Economista, las multas para las empresas que se beneficien de la subcontratación laboral y para los negocios que contraten o presten servicios especializados sin estar en el REPSE superan los 4,480,000 pesos. Además, la subcontratación laboral es considerada defraudación fiscal, que se puede castigar con hasta tres años de cárcel.

Comparte este contenido:

Facebook
Twitter
LinkedIn
Pinterest

Bóxers

Pantalones de mezclilla para caballero (2a edición)