ÍNDICE nacional de precios al consumidor

Con fundamento en los artículos 59 fracción III, inciso a) de la Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica, 20 y 20-bis del Código Fiscal de la Federación, y 23 fracción X del Reglamento Interior del Instituto Nacional de Estadística y Geografía corresponde al Instituto elaborar el Índice Nacional de Precios al Consumidor y publicar los mismos en el Diario Oficial de la Federación, por lo que se da a conocer lo siguiente:

Para leer completo, clic en el link.

Comparte este contenido:

Facebook
Twitter
LinkedIn
Pinterest

Bóxers

Pantalones de mezclilla para caballero (2a edición)