La Secretaría de Economía publicó en la edición vespertina del DOF del 18 de noviembre del presente:
ACUERDO que modifica los diversos mediante los cuales se dan a conocer los cupos de importación y de exportación.
El citado Decreto mantiene las disposiciones actuales y solamente adopta las modificaciones de la Séptima Enmienda del Sistema Armonizado y contempla modificaciones a diversas fracciones arancelarias de la tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación (TIGIE).
El presente Decreto entrará en vigor el mismo día en el que la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 7 de junio de 2022 entre en vigor, conforme a lo previsto en el transitorio Primero del Decreto por el que se expide la misma.
En el caso de los cupos textiles:
- Se actualizan las fracciones relativas a los cupos para importar tejidos de lana, originarios de la República Oriental del Uruguay, conforme al Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y la República Oriental del Uruguay, modificado mediante diversos publicados en el mismo órgano informativo el 3 de noviembre de 2006 y el 26 de diciembre de 2020.
- Se reforma la fracción II de la tabla del Artículo 2 del Acuerdo por el que se dan a conocer los cupos y el mecanismo de asignación para importar productos originarios y provenientes de la República de Cuba, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 2 de julio de 2012 y sus posteriores modificaciones.