Se realizan diversas modificaciones al Reglamento de la Ley Aduanera, destacando,
- Artículo 6-A.
…Los usuarios son responsables de comunicar a través del Sistema Electrónico Aduanero cualquier modificación a la dirección de correo electrónico registrada, en un plazo no mayor a diez días siguientes a la respectiva modificación. - Artículo 38-A.
Las empresas de mensajería y paquetería autorizadas a que se refiere el artículo 88 bis de la Ley, podrán realizar el despacho de las mercancías que transporten, bajo el procedimiento simplificado, siempre que el valor de las mismas no exceda el monto que se establezca mediante Reglas. - Artículo 64-A.
La información o documentación a que se refiere el artículo 36-A de la Ley, se entenderá como anexa al Pedimento y presentada ante la Autoridad Aduanera, cuando en el mismo se encuentren declarados y transmitidos los acuses de recepción generados por el Sistema Electrónico Aduanero, para efectos de su presentación formal, sin perjuicio de las facultades de la autoridad competente para verificar su autenticidad, validez, congruencia y cumplimiento de las disposiciones jurídicas aplicables.
La Autoridad Aduanera en cualquier momento podrá requerir al contribuyente, a los responsables solidarios y a terceros con ellos relacionados para que exhiban para su cotejo, los Documentos Electrónicos o Digitales transmitidos, o bien, los originales de la documentación a que hacen referencia las disposiciones jurídicas aplicables.- Artículo 81. …
I. El comprobante fiscal digital por Internet o documento equivalente que cumpla con los requisitos que se establezcan mediante Reglas;
II. a VI. …
VII. Contratos y, en su caso, órdenes de compra relacionados con la transacción de la Mercancía objeto de la operación;
VIII. Los que soporten los conceptos incrementables a que se refiere el artículo 65 de la Ley;
IX. Cualquier otra información y documentación necesaria para la determinación de valor en aduana o valor comercial de la Mercancía de que se trate, y
X. Las notas de crédito o documentos donde consten descuentos especiales en numerario o especie, para aplicarse en el momento que corresponda al pago de cada operación de compraventa realizada, ya sea en parcialidades o en una sola exhibición.
- Artículo 81. …
El Decreto entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.



