El activo total del Fideicomiso Público para Administrar la Contraprestación a que se refiere el Artículo 16 de la Ley Aduanera (FACLA, relacionado con cobros en las aduanas de México) se ubicó en 70,360 millones de pesos al 30 de junio de 2020, un alza de 25% interanual.
En tanto, los pasivos totales pasaron de 310,000 pesos a 6.6 millones de pesos.
Respecto al flujo de efectivo, los ingresos incrementaron 3.1% para ubicarse en 10,329.5 millones de pesos, de acuerdo con datos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP).
Lo anterior debido, principalmente, al incremento de 4.2% en el rubro de aportaciones.
Los egresos aumentaron 3.8% y acumularon 4,316.9 millones de pesos.
Inicialmente, en mayo de 2004, se constituyó el Fideicomiso Público para administrar la contraprestación a que se refiere el Artículo 16 en las aduanas.
Al Fideicomiso se le aportaron recursos públicos por la cantidad de 1,000 pesos. Los demás recursos derivan de la contraprestación del Artículo 16 de la Ley Aduanera que pagan los importadores y exportadores y que son de carácter privado.
Asimismo, los procesos de adquisiciones se hacen por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) de acuerdo a las normas aplicables a las adquisiciones públicas y se pagan a través del Fideicomiso Público.
Aduanas y regulación
En el Artículo 16 se establece que el SAT podrá autorizar a los particulares para prestar los servicios de procesamiento electrónico de datos y servicios relacionados, necesarios para llevar a cabo el despacho aduanero; así como para las demás operaciones que ese órgano administrativo desconcentrado decida autorizar, inclusive las relacionadas con otras contribuciones, ya sea que se causen con motivo de los trámites aduaneros o por cualquier otra causa.
Los particulares que deseen obtener la autorización a que se refiere este artículo deberán cumplir con los siguientes requisitos:
Tener dos años de experiencia, prestando los servicios que se vayan a autorizar.
Tener un capital social pagado de por lo menos 2 millones 488,410 pesos.
Cumplir con los requisitos de procedimiento que el Servicio de Administración Tributaria establezca en la convocatoria que para estos efectos se publique en el Diario Oficial de la Federación.
Además, el SAT podrá autorizar a los particulares a prestar otros servicios que faciliten el reconocimiento aduanero de las mercancías.