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Duplica Hacienda IVA a importación

Alfredo González. Monterrey, México (21 marzo 2017).- Los importadores de productos provenientes de empresas extranjeras sin establecimiento permanente en México enfrentan una doble tributación del Impuesto al Valor Agregado (IVA), denunciaron especialistas en impuestos y en comercio exterior.

Bernardo Elizondo Ríos, socio del despacho Adame y Elizondo Abogados, refirió que algunas compañías extranjeras envían mercancías a un recinto fiscalizado, cuya finalidad es evitar el pago de ese gravamen, en tanto la mercancía permanezca dentro de ese almacén.

Pero por una resolución de la Suprema Corte de Justicia del 6 de febrero del 2013, la autoridad fiscal está obligando a los compradores mexicanos de esa mercancía a retenerles a los exportadores extranjeros ese gravamen de 16 por ciento.

“El recinto fiscalizado pierde su razón de ser, porque se trata de una zona libre de impuestos que equivale a que la mercancía aún estuviera fuera de México”, dijo.

Cuando el importador saca después la mercancía del recinto fiscalizado, explicó, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) le vuelve a cobrar el IVA.

Octavio González, director de servicios del Consejo Mexicano de Comercio Exterior (Comce) Noreste, coincidió con el especialista en que la medida es ilegal, pero ha sido aplicada con fines recaudatorios a los importadores de mercancías.

Pero el problema se hace mayor cuando algunos de los importadores de mercancías dejaron de pagar el IVA que retuvieron.

“Estos almacenes tienen la finalidad de que el importador tenga un inventario de mercancías más cercano a su empresa, pero que los impuestos sean devengados hasta el momento que salgan de él, que es cuando la mercancía formalmente ingresa a México”, señaló.

La Corte, en el 2013, contravino a otra resolución del Segundo Tribunal Colegiado en Naucalpan, que el 20 de agosto del 2010 dictó sentencia unánime de los colegiados en el sentido de que la empresa extranjera no estaba obligada a retener el IVA, cuando se tratara de mercancías en un depósito fiscal que después serían importadas en definitiva.

Fuente: Reforma

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